jueves, 26 de febrero de 2015

HABEAS CORPUS A FAVOR DE BELAÚNDE LOSSIO NO PROCEDE

Sala Penal Superior de Emergencia confirma resolución que declara infundado recurso


Por unanimidad  la Sala Penal Superior de Emergencia de la Corte Superior de Justicia de Sullana confirmó la Resolución N° 05 del Cuarto Juzgado Unipersonal de esta sede judicial,  que declara infundado la demanda de Habeas Corpus  formulada por el abogado Luis Alberto Mauricio Reyes a favor de Martín Antonio Belaúnde Lossio.

Sala Penal  Superior de Emergencia
confirma Resolución N° 05 
En el plazo establecido y mediante la resolución N° 21 de fecha 22 de febrero del presente año, el Colegiado conformado por los magistrados  Jorge Washington  Alva Inga, María Elena Palomino Calle y Omar Reyes Jiménez, dispusieron además que se archiven los autos de la materia en el juzgado de origen tal como lo dispone la cuarta disposición final del Código Procesal Constitucional.

Como se recuerda la demanda de Habeas Corpus interpuesta por Mauricio Reyes señalaba como agravios la violación al debido proceso y del derecho de defensa  de su patrocinado,  argumentos que fueron desestimados por el Procurador Público señalando que los abogados del señor Belaúnde Lossio sí accedieron a la carpeta fiscal,  contando con el tiempo suficiente para preparar su defensa y contradecir el requerimiento de prisión preventiva que dispuso el titular del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia del Santa.

Dato

La resolución 21 de fecha 22 de febrero del 2015  expedida por la Sala de Emergencia  de Sullana será notificada a las partes del proceso conforme a ley.

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